Toda persona física o jurídica, o grupos de personas físicas y jurídicas, que en primera instancia cumple la definición de agricultor, es decir, que es titular de una explotación agraria situada en España, y que ejerce una actividad agraria y asume el riesgo empresarial de la actividad agraria desarrollada. El agricultor adquiere la condición de agricultor activo cuando cumple al menos una de las siguientes condiciones: estar afiliado a la seguridad social agraria por cuenta propia o cuando el 25% o más de sus ingresos totales son ingresos agrarios en el periodo impositivo disponible más reciente. Dicho porcentaje mínimo de ingresos del agricultor procedente de la actividad agraria será de un 5 % en explotaciones agrarias ubicadas en las Islas Canarias.