Natur ondarea

1. Se considera “patrimonio natural”: • Los monumentos naturales constituidos por formaciones físicas y biológicas o por grupos de esas formaciones que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico, • Las formaciones geológicas y fisiográficas y las zonas estrictamente delimitadas que constituyan el hábitat de especies amenazadas, tanto animal como vegetal, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista estético o científico, • Los lugares o zonas naturales estrictamente delimitadas, que tengan un valor universal excepcional desde el punto de vista de la ciencia, de la conservación o de la belleza natural. 2. Categoría de patrimonio que abarca prácticamente la del patrimonio genético, es decir, el conjunto de los genes de los seres vivos. Los medios naturales que pertenecen a este patrimonio son motivos de paisaje a menudo apreciados por el público.

Fuente: 1. Patrimonio mundial. Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación 2. Glosario del paisaje. Junta de Andalucía
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