Contaminación difusa por nitratos

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1. Presencia del ion nitrato de origen agrario en el agua, siendo 50 mg/l la concentración máxima admisible y 25 mg/l el nivel guía. 2. Es la contaminación de las aguas superficiales o subterráneas debido al nitrato de origen agrario. El término difuso se refiere a que esta contaminación no ocurre en un punto específico de un cauce, como puede ser el vertido de una industria, sino que se produce espacialmente en una (i.e. a lo largo del cauce de un río) o dos dimensiones (i.e. a través de una superficie que drena hacia un acuífero) y es por tanto difícil de cuantificar.

Fuente: 1. Decreto 5/2020, por el que se designan las Zonas Vulnerables a la contaminación de las aguas por nitratos procedentes de fuentes de origen agrícola y ganadero, y se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias 2. Decreto 226/2005 del Gobierno de Aragón por el que se modifica el Decreto 77/1997, de 27 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Código de Buenas Prácticas Agrarias
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